Las Listas Robinson: un nuevo impulso.

8 Julio 2009

Como decíamos en un post anterior, el nuevo RDLOPD regula de manera particular los ficheros de exclusión o “listas robinson” que no son otra cosa que ficheros en los que se recogen los datos de las personas que, voluntariamente, han manifestado su deseo de no recibir comunicaciones comerciales (ver artículos 48 y 49 RDLOPD).

Aunque desde hace años funciona este sistema de exclusión (un ejemplo de ellos es la posibilidad de no aparecer en los repertorios telefónicos), ha sido básicamente desde las patronales de las empresas de marketing desde donde se han promovido diversos sistemas para hacerlo realidad. Ahora, cualquier empresa de telemarketing, marketing directo o “contact center” que esté asociada a la patronal correspondiente, recibe con una periodicidad mensual (+ o –) el listado actualizado de las personas que han manifestado ese deseo de no recibir publicidad o llamadas promocionales o televenta. Son, entonces, las propias empresas las que actualizaban sus propios ficheros para bloquear los registros de los incluidos en las listas robinson.

El sistema está pensado para retroalimentarse (vaya palabro) o para autoalimentarse de manera que las propias empresas que se dedican a estas actividades tienen la obligación de proceder al bloqueo de los registros correspondientes a las personas que les hayan manifestado ese deseo directamente. Después, las empresas remiten a su patronal ese listado que se amplía con las aportaciones de todas las empresas. En el siguiente envío, la patronal ya incluye a todos los “robinsones”.

Decíamos entonces que nos parecía una iniciativa acertada y positiva para clarificar el sistema y como piedra de toque del sector. Una aplicación práctica de estos ficheros de exclusión publicitaria viene a sumarse a la regulación del RDLOPD. Se trata de un nuevo servicio de listas robinson, auspiciada por la APD y organizada y puesta en práctica por FECEMD, la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo.

Al servicio se puede acceder a través de la dirección www.listarobinson.es. Se trata de un fichero de exclusión publicitaria en el que los interesados puede elegir el medio o medios a través de los cuales no quieren recibir publicidad: correo ordinario, llamadas telefónicas, correo electrónico, sms o mms. El servicio

Será el transcurso del tiempo el que nos dirá cuál sea la efectividad de estas medidas (hasta ahora, más bien limitada) pero, como afirmamos en aquél post y reiteramos ahora,  la creación de tales listas y la sumisión a sus reglas de juego será efectuado habitualmente por las empresas “legales”. ¿Funcionará? Se pregunta Enrique Dans.  La respuesta la sabremos más adelante, pero desde luego, las empresas que, periódicamente, nos envían correos para que compremos Viagra o nos alarguemos el pene me temo que no se someterán a tales condicionantes. Como dice gráficamente Danssi alguien tiene la más mínima esperanza de que las grandes botnets internacionales dedicadas a enviar spam de manera masiva hagan el más mínimo caso a la Lista Robinson, que vaya dejando de beber”.

Mientras tanto, os transcribo el artículo 49 RDLOPD, norma de cobertura de este nuevo fichero de exclusión. Dice así:

“1. Será posible la creación de ficheros comunes, de carácter general o sectorial, en los que sean objeto de tratamiento los datos de carácter personal que resulten necesarios para evitar el envío de comunicaciones comerciales a los interesados que manifiesten su negativa u oposición a recibir publicidad. A tal efecto, los citados ficheros podrán contener los mínimos datos imprescindibles para identificar al afectado. 2. Cuando el afectado manifieste ante un concreto responsable su negativa u oposición a que sus datos sean tratados con fines de publicidad o prospección comercial, aquél deberá ser informado de la existencia de los ficheros comunes de exclusión generales o sectoriales, así como de la identidad de su responsable, su domicilio y la finalidad del tratamiento. El afectado podrá solicitar su exclusión respecto de un fichero o tratamiento concreto o su inclusión en ficheros comunes de excluidos de carácter general o sectorial. 3. La entidad responsable del fichero común podrá tratar los datos de los interesados que hubieran manifestado su negativa u oposición al tratamiento de sus datos con fines de publicidad o prospección comercial, cumpliendo las restantes obligaciones establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en el presente Reglamento. 4. Quienes pretendan efectuar un tratamiento relacionado con actividades de publicidad o prospección comercial deberán previamente consultar los ficheros comunes que pudieran afectar a su actuación, a fin de evitar que sean objeto de tratamiento los datos de los afectados que hubieran manifestado su oposición o negativa a ese tratamiento“.


La receta electrónica ¿un avance de la e-administración?

2 Julio 2009

El pasado mes de agosto se aprobó por la Xunta de Galicia el Decreto nº 206/2008, de receta electrónica. En los pocos meses transcurridos desde entonces, se ha pretendido que las Farmacias adopten forzadamente el sistema, que los fabricantes y desarrolladores de software abran sus códigos-fuente para que sean revisados e “intervenidos” y, finalmente, que los auxiliares de farmacia desaparezcan, por no tener buen acomodo en el sistema de homologación de la e-receita, lo que le ha valido al Decreto su impugnación ante los tribunales.

Esta iniciativa, ni es nueva, ni ha sido la única llevada a cabo por una Comunidad Autónoma. No es nueva porque ya desde finales de los años noventa, desde la Administración General del estado se desarrolló el denominado Proyecto “Pista-Sanidad” que, en una fase avanzada de pruebas quedó paralizada por falta de fondos y de impulso. Tampoco es la única Comunidad Autónoma que ha regulado “localmente” la receta electrónica: Cataluña, Andalucía, Valencia, Baleares o Madrid son ejemplos de ello. La CA de Extremadura también está en su fase final de implantación.

Asistimos a unos desarrollos autonómicos que bien podrían entrar en conflicto, tanto con la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud como con la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios que son las normas que fijan las reglas básicas en materia de expedición y dispensación de medicamentos. Y ello porque no sólo se dificulta la implantación de un sistema coordinado y compatible de dispensación de recetas electrónicas a nivel nacional, sino porque se obliga a los implicados a seguir unos sistemas de “homologación” y/o “acreditación” que, en el mejor de los casos, implica un intervencionismo excesivo, impone inversiones innecesarias, acaba con la innovación en software propietario por parte de las empresas desarrolladoras, bordea las normas de la libre competencia y olvida la regulación en materia de protección de datos de carácter personal.

Si bien los avances en la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación son positivos, por el ahorro de costes y la optimización de la gestión que puede suponer, parece razonable que no se legisle en tales cuestiones sin haber recabado, previamente, la opinión de los factores implicados en ello. El espejo, la administración de justicia: sistemas informáticos diferentes, incompatibles entre sí, inexistencia de conexión entre unos y otros, etc.

No creemos que estas iniciativas sean buenas para un sector tan importante y estratégico como el de la Sanidad.

Este artículo ha sido publicado en el Diario Farmaceútico “El Global”. Podéis encontrarlo aquí.


SLA: ejemplos

9 Junio 2009

Para todos aquellos que me lo habéis pedido, os indico enlaces a otros tantos modelos de SLA de servicios de telecomunicaciones en general:

* Bytemark, compañía de servicios varios. 

* AT&T, SLA relativo al servicio de provisión de acceso a Internet.

* Junta de Castilla La Mancha: Acuerdo de nivel de servicio relativo al alojamiento web para centros educativos.

* Digicom: relativo a acceso a Internet de alta velocidad.

* NTT America: servicio de telecomunicaciones varios.

Si queréis alguno más, no dudéis en pedirlos.

Saludos